Texto oficial
Artículo 14º.- Son fitofármacos, aquellas
especialidades farmacéuticas cuyos ingredientes activos
provienen de las partes aéreas o subterráneas de plantas u
otro material vegetal y están debidamente estandarizados.
Aprueba reglamento del sistema nacional de control de los productos farmacéuticos de uso humano
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1026879 / 9153460.