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Artículo 1 de la Ley S/N · Caja de ahorros de empleados públicos.- derechos que le concede el fisco.

Caja de ahorros de empleados públicos.- derechos que le concede el fisco.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1027697 / 9159052.

Texto oficial

"Artículo 1°.- El Erario Nacional cede en beneficio de la Caja de Ahorros que debe fundarse para los empleados públicos: 1° Las multas o condenas ya sean de pena de cámara o de aquellas que los jefes de oficinas imponen a los empleados de su dependencia por faltas en el servicio; 2° Los derechos que perciba el Fisco por medianatas; 3° Los intereses penales de deudores morosos; 4° Las multas por recusaciones de jueces, derechos por habilitaciones de edad i otras gracias que se llaman al sacar: 5° Aquella parte del sueldo que los que mueren no alcanzaren a devengar en el mes de su fallecimiento.