Texto oficial
Art. 2°.- Cuando el Fisco fuese llamado por la lei a suceder abintestato en los bienes del empleado imponente, el haber que tuviere en la caja acrecerá proporcionalmente a los suscritores que hubiese a la fecha del fallecimiento.
Caja de ahorros de empleados públicos.- derechos que le concede el fisco.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1027697 / 9159053.