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Artículo 9 del Decreto 4651

Reglamento general de contabilidad y regimen economico de los establecimientos de educacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1028412 / 9164544.

Texto oficial

Art. 9.° Sin perjuicio de la fiscalización a cargo de la Contraloría General de la República, las Direcciones Generales, para los servicios de su dependencia, y la Sección Contabilidad del Ministerio de Educación, para la totalidad de ellos, llevarán con fines de información y de control estadístico la contabilidad general del movimiento de fondos provenientes de "Entradas propias del servicio" y de las destinadas anualmente por la Ley de Presupuestos o Leyes especiales.