Texto oficial
Artículo 5.o Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".
Posterga hasta por cuatro años los pagos de dividendos de pavimentacion, a las propiedades urbanas de las ciudades que se indican, afectadas por el terremoto del 24 de enero de 1939
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1028936 / 9173398.