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Artículo 11 de la Ley 6.844 · Normas relativas a los arriendos

Normas relativas a los arriendos

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1029255 / 9177933.

Texto oficial

Artículo 11.- Cuando el arrendador se obligue a efectuar reparaciones en la propiedad y no las realiza en conformidad a lo estipulado, se aplicará a favor del arrendatario lo dispuesto en el artículo 1552, del Código Civil.