Texto oficial
Artículo 12.- Los subarrendatarios tendrán respecto al arrendatario principal, los derechos y deberes que para éste se establecen en la presente ley.
Normas relativas a los arriendos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1029255 / 9177934.