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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 8

Fusiona el departamento de comercio exterior del ministerio de economia al departamento de aduanas de la secretaria y administración general del ministerio de hacienda

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1029603 / 9184691.

Texto oficial

Artículo 3.o Las atribuciones y deberes propios del Departamento de Comercio Exterior, dependiente del Ministerio de Economía, corresponderán en el futuro a la Secretaría y Administración General del Ministerio de Hacienda.