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Artículo ÚNICO transitorio del Decreto 25

Aprueba reglamento del consejo consultivo del ministerio del medio ambiente y los consejos consultivos regionales del medio ambiente

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1031470 / 9196867.

Texto oficial

Artículo único.- Entrado en vigencia el presente reglamento, se procederá a la designación de los integrantes del Consejo Consultivo del Ministerio del Medio Ambiente y de los Consejos Consultivos Regionales. El aviso que se requiere para lo anterior se realizará el mes siguiente a su entrada en vigencia. Los consejeros designados conforme al DS 166, de 1999, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia continuarán en sus cargos desempeñándose en los consejos a que se refiere este decreto hasta el día que asuman los nuevos integrantes.