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Artículo 15 del Decreto 1253

Dicta reglamento que determina procedimientos y competencias para la obtención de beneficios arancelarios y tributarios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1031488 / 9197673.

Texto oficial

Artículo 15. Garantías. El Servicio de Impuestos Internos podrá exigir las garantías personales o reales que estime convenientes para resguardar el interés fiscal, las que podrán consistir, entre otras, en pagarés o letras de cambio a la vista aceptadas ante Notario, boletas de garantía, pólizas de seguro, prendas, debiendo indicar como beneficiario a la Tesorería General de la República.