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Artículo 3 de la Ley 20.549 · Fomenta el mercado de cruceros turísticos

Fomenta el mercado de cruceros turísticos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1031639 / 9199682.

Texto oficial

Artículo 3º.- Agrégase en el inciso primero del artículo 3º de la ley Nº19.913, que Crea la Unidad de Análisis Financiero y Modifica Diversas Disposiciones en Materia de Lavado y Blanqueo de Activos, a continuación de la frase "los casinos, salas de juego e hipódromos;" la siguiente: "los titulares de permisos de operación de juegos de azar en naves mercantes mayores, con capacidad de pernoctación a bordo, y que tengan entre sus funciones el transporte de pasajeros con fines turísticos;".