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Artículo 8 de la Ley 20.551 · Regula el cierre de faenas e instalaciones mineras

Regula el cierre de faenas e instalaciones mineras

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1032158 / 9202414.

Texto oficial

Artículo 8°.- Oportunidad de la aprobación del plan de cierre. Todo plan de cierre deberá ser aprobado por el Director previo al inicio de la exploración, explotación de una faena minera o de la operación de un establecimiento de beneficio, según correspondiere.