Texto oficial
Artículo final. La Junta de Gobierno dictará dentro de noventa dias, un reglamento especial para la debida ejecución de esta lei, la cual empezará a rejir el 1.o de enero de 1925.
Decreto-lei
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1033011 / 9207662.