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Artículo 2 de la Ley 10.231

Autoriza la pavimentacion del camino que une la estacion mariquina con san jose de la mariquina, ubicado en la provincia de valdivia, en la forma y condiciones que determine la direccion general de obras publicas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1034097 / 9214951.

Texto oficial

Artículo 2.o Establécese un impuesto adicional a beneficio municipal de uno y medio por mil sobre los avalúos de los bienes raíces de la comuna de San José de la Mariquina. Establécese, asimismo, por una sola vez, un impuesto de veinte pesos por metro lineal a los propietarios de los predios colindantes ubicados a ambos lados del camino por pavimentarse. Este impuesto se pagará por parcialidades de un diez por ciento semestral y en la fecha y forma en que se paga la contribución a los bienes raíces.