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Artículo 18 de la Ley 20.559

Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, y concede otros beneficios que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1035109 / 9219031.

Texto oficial

Artículo 18.- Sustitúyense, a partir del 1 de enero del año 2012, los montos de "$223.565", "$253.538" y "$272.713", a que se refiere el artículo 21 de la ley Nº 19.429, por "$234.743", "$266.215" y "$286.349", respectivamente.