Saltar al contenido

Artículo 30 de la Ley 20.559

Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, y concede otros beneficios que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1035109 / 9219043.

Texto oficial

Artículo 30.- Concédese, por una sola vez, a los trabajadores de las instituciones mencionadas en los artículos 2°, 3°, 5° y 6° de la presente ley, un bono especial no imponible, que no constituirá renta para ningún efecto legal, que se pagará en el curso del mes de diciembre de 2011, y cuyo monto será de $230.000 para los trabajadores cuya remuneración bruta que les corresponda percibir en el mes de noviembre de 2011 sea igual o inferior a $600.000, y de $115.000 para aquellos cuya remuneración bruta supere tal cantidad y no exceda de $1.830.308. Para estos efectos, se entenderá por remuneración bruta la referida en el artículo 19 de la presente ley.