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Artículo SÉPTIMO transitorio de la Ley 20.552 · Moderniza y fomenta la competencia del sistema financiero

Moderniza y fomenta la competencia del sistema financiero

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1035180 / 9219320.

Texto oficial

Artículo séptimo.- Las obligaciones para la Superintendencia y las aseguradoras a que se refiere el número 2) del artículo 1°, serán exigibles en el plazo de 12 meses desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.".