Texto oficial
Artículo 7°. Para ser designado en los cargos de Visitadores y Administradores de Zonas, será necesario pertenecer al escalafón de Inspectores.
Declara en reorganizacion y fija la planta del servicio de impuestos internos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1037824 / 9242534.