Texto oficial
Artículo 3º.- Modifícase el límite existente entre las comunas de Freire y Padre Las Casas, fijado para ellas en el artículo 9º, letra B, números 1 y 10 del decreto con fuerza de ley Nº 3-18.715, de 1989, del Ministerio del Interior y en la ley Nº 19.391, incorporándose a la comuna de Padre Las Casas el sector de la comuna de Freire ubicado al norte del siguiente límite: "El estero Tumuntuco, desde su desembocadura en el río Huichahue hasta la desembocadura del estero Cumbli; y el estero Cumbli, desde su desembocadura en el estero Tumuntuco hasta el lindero oriente del predio rol 327-1 (1327-1).".