Texto oficial
Artículo segundo.- El plazo de cincuenta y cuatro
meses, a que se refiere el artículo 84 de la Ley General de
Pesca y Acuicultura, comenzará a contarse a partir del 1 de
enero de 2015.
Modifica normas sanitarias y de ordenamiento territorial para las concesiones de acuicultura
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1038438 / 9245418.