Saltar al contenido

Artículo SEGUNDO de la Ley 20.583

Modifica normas sanitarias y de ordenamiento territorial para las concesiones de acuicultura

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1038438 / 9245418.

Texto oficial

Artículo segundo.- El plazo de cincuenta y cuatro meses, a que se refiere el artículo 84 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, comenzará a contarse a partir del 1 de enero de 2015.