Texto oficial
Artículo primero.- El aumento de patente para las
concesiones de acuicultura de peces exóticos que, en virtud
de la presente ley, se introduce en el artículo 84 de la
Ley General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto refundido,
coordinado y sistematizado fue fijado por decreto supremo
Nº 430, de 1992, del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción, entrará en vigencia de acuerdo al
siguiente calendario:
a) En el año 2014: 12 UTM por hectárea.
b) En el año 2015: 14 UTM por hectárea.
c) En el año 2016: 17 UTM por hectárea.
d) A partir del año 2017: 20 UTM por hectárea.