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Artículo 3 de la Ley 6.509

Aclara la ley n.o 5,826 sobre jubilacion del personal de la empresa de ferrocarriles del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1038777 / 9247119.

Texto oficial

Artículo 3.o La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".