Texto oficial
Artículo 3.o Se autoriza al Presidente de la República para refundir en un solo texto las disposiciones de la presente ley con las del Código del Trabajo, y dar a estas últimas la numeración correlativa".
Dispone el pago de la semana corrida
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1038875 / 9249953.