Texto oficial
7° Forma de comparecer. Las partes pueden comparecer
personalmente o representadas por abogado habilitado para el
ejercicio profesional, salvo que la ley imponga la
comparecencia en esta última forma.
Auto acordado; fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de los autos acordados sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1039286 / 9250794.