Texto oficial
20° Tramitación del recurso y vista de la causa.
Admitido a tramitación el recurso, se fallará en cuenta,
salvo que el Tribunal estime conveniente oír los alegatos
de los abogados de las partes, en cuyo caso ordenará traer
los autos en relación y fijará el tiempo de duración de
los alegatos, el que no podrá exceder de quince minutos por
cada parte, salvo que el Tribunal, atendidas las
circunstancias, estime necesario ampliarlo.
La solicitud de alegatos deberá hacerse dentro del
plazo para comparecer a la instancia y si se presenta fuera
de plazo, no será oída, y será declarada inadmisible, sin
más trámite.
En lo demás, para la vista de la causa se estará a lo
dispuesto en el numeral 8°.