Texto oficial
35° Interposición del recurso y patrocinio. El
recurso de hecho deberá ser interpuesto por el o los
afectados, ante el Tribunal Calificador de Elecciones,
dentro del plazo fatal de cinco días hábiles contado desde
la notificación de la resolución que motiva el recurso y
debe ser patrocinado por abogado habilitado para el
ejercicio de la profesión.