Texto oficial
36° Requisitos de interposición. El escrito que
contenga el recurso de hecho deberá ser someramente
fundado, indicar la resolución que motiva el recurso y
contener peticiones concretas.
Asimismo, el recurrente deberá acompañar al recurso
un certificado expedido por el recurrido, en el cual se
indicará la fecha en que se notificó la resolución que
motiva el recurso. No obstante, si por causa justificada, no
se hubiere acompañado el certificado, el Tribunal dará un
plazo de tres días, improrrogables, para cumplir con esta
exigencia.