Texto oficial
69° Inclusión en la página electrónica del
Tribunal. Se propenderá a incluir en la página
electrónica del Tribunal www.tribunalcalificador.cl, -de
ser posible-, y por un plazo máximo de quince días, el
registro fotográfico de la diligencia, además de la Hoja
de Resultados, sin que lo anterior releve de la obligación
de notificar legalmente a las partes.