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Artículo 106 de Auto Acordado S/N

Auto acordado; fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de los autos acordados sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1039286 / 9250915.

Texto oficial

106° Falta de competencia del Tribunal Calificador de Elecciones. En caso que el Tribunal Calificador de Elecciones requerido no sea competente para ocuparse de la solicitud de información o no posea los documentos o información solicitada, enviará la petición a la autoridad que deba conocerla, siempre que sea posible individualizarla, en caso contrario o que se trate de múltiples organismos, el Tribunal comunicará al peticionario la circunstancia que corresponda.