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Artículo 115 de Auto Acordado S/N

Auto acordado; fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de los autos acordados sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1039286 / 9250928.

Texto oficial

115° Información sobre el estado de la causa. La información del estado de la causa será entregada, por medio del "Sistema Informático", a través de los equipos computacionales del Tribunal, la que será proporcionada por el funcionario destinado al efecto y sólo por excepción, calificada por el Secretario Relator, se entregará en formato impreso. Para el caso que el Tribunal decrete la reserva de ciertos antecedentes, la secretaría tomará todas las providencias necesarias para dicho resguardo y será exhibida previa resolución y acreditación de la identidad del solicitante, quien deberá concurrir personalmente.