Texto oficial
116° Notificaci�nes. Toda resolución o actuación del
Tribunal deberá ser oportunamente notificada a las partes
del proceso, de conformidad al marco legal que las rija.
Auto acordado; fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de los autos acordados sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones
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