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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija las normas que reestructuran el funcionamiento, el monto de los beneficios y el número de beneficiarios de la asignación de excelencia pedagógica a que se refieren los artículos 14 y 15 de la ley n° 19.715

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1039324 / 9251447.

Texto oficial

Artículo 3°.- Establécese un proceso nacional de acreditación con el objeto de la obtención de la Asignación de Excelencia Pedagógica, el cual será administrado por el Ministerio de Educación, que deberá arbitrar las medidas necesarias para un adecuado manejo, desarrollo y mantención del sistema.