Texto oficial
Artículo 5°.- La postulación al proceso de acreditación para percibir la Asignación de Excelencia Pedagógica será de carácter voluntario.
El proceso de acreditación será nacional.
Fija las normas que reestructuran el funcionamiento, el monto de los beneficios y el número de beneficiarios de la asignación de excelencia pedagógica a que se refieren los artículos 14 y 15 de la ley n° 19.715
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1039324 / 9251451.