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Artículo 10 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija las normas que reestructuran el funcionamiento, el monto de los beneficios y el número de beneficiarios de la asignación de excelencia pedagógica a que se refieren los artículos 14 y 15 de la ley n° 19.715

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1039324 / 9251460.

Texto oficial

Artículo 10º.- Las bases de cada proceso de postulación a la acreditación serán aprobadas por el Ministerio de Educación y precisarán: 1) Los requisitos para postular a la respectiva convocatoria. 2) Los medios de verificación del cumplimiento de los requisitos de postulación de los docentes. 3) Los montos de la Asignación de Excelencia Pedagógica para cada tramo. 4) El o los tipos de instrumentos de selección y de evaluación que serán aplicados en el proceso de acreditación. 5) Los derechos y obligaciones que tendrán los profesores que resulten beneficiados con la Asignación de Excelencia Pedagógica, de acuerdo a las disposiciones del presente decreto con fuerza de ley.