Texto oficial
Artículo 13º.- Los resultados obtenidos por los docentes de cada disciplina en cada instrumento se expresarán cuantitativamente en puntajes, los que permitirán acceder a una de las cuatro categorías de desempeño que tendrá cada uno de los instrumentos de evaluación, dando lugar a su vez a la ubicación en alguno de los tres tramos a que se refiere el artículo siguiente.