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Artículo 7 transitorio del Decreto 49

Aprueba reglamento del programa fondo solidario de elección de vivienda

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1039424 / 9608221.

Texto oficial

Artículo 7º transitorio: Las personas damnificadas beneficiadas con un subsidio sin aplicar en la modalidad de Construcción en Sitio Propio por Autoconstrucción y Vivienda Tipo en el marco del Plan de Reconstrucción del terremoto del 27 de febrero de 2010, podrán optar a la homologación de dicho subsidio a las condiciones del DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones.