Texto oficial
Artículo segundo.- A contar de la fecha que señale el
reglamento referido en el inciso final del artículo 12 de
esta ley, las personas y familias que estén participando en
el Subsistema Chile Solidario y que sean beneficiarias de la
Bonificación al Ingreso Ético Familiar establecida en la
Glosa 07 de la Partida 21, Capítulo 01, Programa 05 de la
ley Nº 20.557, dejarán de percibir tal Bonificación y
pasarán a tener acceso a la transferencia monetaria base y
a la transferencia monetaria condicionada establecidas en el
Título Primero, Párrafos Quinto y Sexto de la presente
ley, sin perjuicio de aquellos pagos de la referida
Bonificación que se encuentren devengados a tal fecha y de
lo establecido en el artículo quinto transitorio de esta
ley en relación al incremento por Trabajo de la Mujer a que
se refiere el decreto supremo N°29, de 2011, del Ministerio
de Planificación. En este caso, las transferencias
monetarias se devengarán por el número de meses que falte
para completar 24 meses contados desde la fecha de la
concesión de la Bonificación antes señalada, sea en
virtud de la ley N° 20.481 o de la ley Nº 20.557.
Si a la fecha señalada en el inciso anterior el
componente base mensual de la Bonificación al Ingreso
Ético Familiar referido en el decreto supremo N° 29, de
2011, del Ministerio de Planificación, que le corresponda a
una persona o familia beneficiaria de tal Bonificación es
mayor que el monto que le corresponda percibir en virtud de
lo dispuesto en el artículo 14 de la presente ley, respecto
a tal persona o familia el monto de la transferencia
monetaria base ascenderá al valor del componente base
mencionado, por el período señalado en el inciso anterior.
Lo referido en este inciso sólo será aplicable respecto de
quienes hayan ingresado al Subsistema Chile Solidario con
anterioridad a la fecha mencionada.
Sin perjuicio de lo establecido en los incisos
anteriores, las transferencias se extinguirán por
cualquiera de las causales de término de la participación
en Chile Solidario, establecidas en el artículo 11 de la
ley N°