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Artículo 49 del Decreto Con Fuerza de Ley 280

Aprueba el estatuto orgánico universitario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1040383 / 9261337.

Texto oficial

Art. 49. La propuesta para Secretario de la Universidad se hará en terna formada por el Consejo Universitario, convocado al efecto por el Rector, con quince días de anticipación. La votación para la terna de Secretario se hará para cada uno de los lugares de ella, formándose dicha terna con los nombres que obtengan la mayoría absoluta de los miembros del Consejo. En forma semejante, pero en propuesta unipersonal se hará la de los Directores de las Escuelas Universitarias.