Texto oficial
Artículo 14.- Programa de mejoramiento de barrios. Las zonas de emplazamiento de las viviendas afectadas que no sean objeto de relocalización serán beneficiadas mediante el programa de mejoramiento de barrios.
El programa de mejoramiento de barrios consistirá en la realización de las siguientes acciones:
1) Remediación y sellado en calles y veredas a través de asfaltado y obras con adocreto, y
2) Ejecución de proyectos de áreas verdes y equipamiento comunitario y deportivo.
Asimismo, en el caso de las viviendas que no sean objeto de relocalización, que presenten un grave y manifiesto deterioro, se les entregará un subsidio especial para el mejoramiento y reparación de sus viviendas, el cual no requerirá ahorro ni concurso previo por parte de la familia solicitante.