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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 280

Aprueba nuevo estatuto de la carrera profesional de los funcionarios dependientes de las direcciones generales de educacion del ministerio de educacion publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041304 / 9271220.

Texto oficial

Artículo 3.o. Los empleados son de plante o a contrata: a) Son empleados de planta aquellos que sirven empleos que tienen calidad de permanentes y que corresponden a la organización estable de los Servicios Educacionales, y b) Son empleados a contrata aquellos que sirven cargos que tienen calidad de transitorios y que, por lo tanto, no forman parte de la planta permanente de los Servicios antes mencionados.