Texto oficial
Artículo 3.o. Los empleados son de plante o a contrata:
a) Son empleados de planta aquellos que sirven empleos que tienen calidad de permanentes y que corresponden a la organización estable de los Servicios Educacionales, y
b) Son empleados a contrata aquellos que sirven cargos que tienen calidad de transitorios y que, por lo tanto, no forman parte de la planta permanente de los Servicios antes mencionados.