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Artículo 29 del Decreto Con Fuerza de Ley 280

Aprueba nuevo estatuto de la carrera profesional de los funcionarios dependientes de las direcciones generales de educacion del ministerio de educacion publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041304 / 9271248.

Texto oficial

Artículo 29. Los interesados enviarán directamente sus antecedentes a la respectiva Dirección General y, además, enviarán copia simple de ellos al Jefe del establecimiento al cual corresponda el cargo concursado; en su solicitud de oposición dejará constancia expresa de haber cumplido con esta última obligación, la que no regirá en los casos de concursos para proveer cargos de Primera Categoría o de Jefes de establecimientos. En la Educación Primaria, dichos antecedentes serán enviados al Director Departamental o Local de quien dependa el interesado, y sus copias, al Director Provincial de cuya jurisdicción depende el cargo concursado.