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Artículo 40 del Decreto Con Fuerza de Ley 280

Aprueba nuevo estatuto de la carrera profesional de los funcionarios dependientes de las direcciones generales de educacion del ministerio de educacion publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041304 / 9271259.

Texto oficial

Artículo 40. La provisión de los empleos docentes relacionados con actividades de la Subsecretaría de Educación Pública, se hará directamente por el Ministerio, de acuerdo con lo que establezca el Reglamento que dictará al respecto el Presidente de la República, a propuesta de la Superintendencia de Educación Pública.