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Artículo 50 del Decreto Con Fuerza de Ley 280

Aprueba nuevo estatuto de la carrera profesional de los funcionarios dependientes de las direcciones generales de educacion del ministerio de educacion publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041304 / 9271271.

Texto oficial

Artículo 50. Para ser nombrado en un cargo de los comprendidos en la Primera Categoría, se requiere ser Profesor de Estado con quince años de servicios efectivos en la enseñanza fiscal, a lo menos, y comprobar la competencia necesaria para el cargo.