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Artículo 105 del Decreto Con Fuerza de Ley 280

Aprueba nuevo estatuto de la carrera profesional de los funcionarios dependientes de las direcciones generales de educacion del ministerio de educacion publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041304 / 9271337.

Texto oficial

Artículo 105. Las personas que reciban alimentación en un establecimiento educacional, tienen derecho a ración completa durante el período escolar, siempre que el gasto diario por persona no exceda del presupuesto por ración completa de un alumno.