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Artículo 5 de la Ley S/N · Oficiales de los ministerios i su planta.

Oficiales de los ministerios i su planta.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041359 / 9270354.

Texto oficial

Art. 5.° Los Oficiales de número desempeñarán las funciones que exija el despacho de los asuntos que corrieren por la seccion a que estén asignados, i las que exija el curso i despacho de todos los asuntos del Ministerio. Los oficiales auxiliares prestarán los mismos servicios que los de números cuando los necesidades de la oficina exijieren su nombramiento.