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Artículo 9 de la Ley S/N · Oficiales de los ministerios i su planta.

Oficiales de los ministerios i su planta.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041359 / 9270358.

Texto oficial

Art. 9.° Los empleados en los diversos Ministerios que, puesta en ejecucion esta lei, quedaren en la clase de oficiales de número, continuarán gozando los sueldos de que están en posesion, no obstante lo dispuesto en el artículo anterior.