Texto oficial
Artículo 1º.- Concepto. Los Tribunales Ambientales
son órganos jurisdiccionales especiales, sujetos a la
superintendencia directiva, correccional y económica de la
Corte Suprema, cuya función es resolver las controversias
medioambientales de su competencia y ocuparse de los demás
asuntos que la ley somete a su conocimiento.