Texto oficial
Artículo 20.- Presentación de la demanda. La
reclamación, solicitud o demanda se presentará al Tribunal
Ambiental competente. Si el domicilio del legitimado se
encontrare fuera de la región de asiento del Tribunal,
ellas podrán presentarse en el juzgado de letras en lo
civil en cuyo territorio jurisdiccional aquél esté
domiciliado. En este caso, el juzgado deberá remitir el
documento al Tribunal respectivo el mismo día o, a más
tardar, el día hábil siguiente al de su recepción.