Texto oficial
Artículo 23. Actividades administrativas de la Oficina de Pleno. La Oficina de Pleno está encargada de la tramitación completa de todos los expedientes administrativos de la Corte de Apelaciones (asuntos disciplinarios, concursos, visitas, etc.). Abarcará todos los procesos relacionados con dichos expedientes (ingreso, tramitación, seguimiento, generación de resoluciones, fallo, etc.).
La organización de la Oficina de Pleno propenderá, en el desarrollo de sus actividades, a replicar el procedimiento general.
La Oficina de Pleno tendrá un solo procedimiento de trabajo, que utilizará, en lo pertinente, el contenido de los procedimientos de trabajo de las demás actividades de la Corte de Apelaciones.