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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Fija planta de personal de la agencia de calidad de la educación y regula materias señaladas en los artículos tercero, quinto y sexto transitorios de la ley n° 20.529

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041540 / 9271833.

Texto oficial

Artículo 5º.- Dispónese el traspaso, desde el Ministerio de Educación a la Agencia de Calidad de la Educación, de 8 funcionarios/as que tengan la calidad jurídica y pertenezcan a los estamentos que se señalan a continuación: El traspaso del personal dispuesto por el inciso precedente se regirá por el artículo 4º del presente decreto con fuerza de ley. Transfiéranse desde el Ministerio de Educación a la Agencia de Calidad de la Educación, las funciones y los recursos presupuestarios liberados por el traspaso del personal dispuesto en el presente decreto con fuerza de ley, a contar del día primero del mes siguiente al de la total tramitación del decreto supremo que disponga la individualización del personal traspasado que se indica en el presente artículo.